sábado, 24 de noviembre de 2007

Sabias que la ley contempla un Derecho a retracto

Este es un derecho especial que consagra la ley a favor del consumidor, y que consiste en poner termino al contrato celebrado, en ciertos casos y bajo ciertos supuestos.

El plazo es de 10 días desde la recepción del producto o contratación del servicio, y antes de la prestación del mismo. Y, se da sólo en los casos que establece expresamente la ley:

a) Casos en los que se debe dar respuesta el mismo día. Esto está dirigido a proteger a la gente que presionadamente contrataba tiempos compartidos.

b) Caso de los contratos celebrados en medios electrónicos, y en general en casos de contratación a distancia.

Y la propia ley señala "Si el consumidor ejerciera el derecho consagrado en
este artículo, el proveedor estará obligado a devolverle las sumas abonadas, sin retención de gastos, a la mayor brevedad posible y, en cualquier caso, antes de cuarenta y cinco días siguientes a la comunicación del retracto. Tratándose de servicios, la devolución sólo comprenderá aquellas sumas abonadas que no correspondan a servicios ya prestados al consumidor a la fecha del retracto.

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